¿Existe la obligación de instalar ascensores en edificios antiguos?

Muchas personas y comunidades de vecinos no lo saben, pero existen ciertos casos en los que es obligatorio la instalación de un ascensor por ley ¿Sabes en qué casos es obligatorio y que requerimientos son necesarios para instalarlo?

Existen multitud de edificios que no cuentan con este tipo de transporte vertical que hacen la vida de muchas personas más fácil, sobre todo, hablamos de aquellos edificios más antiguos, en los que su instalación era impensable. Pues bien, aun siendo de vieja construcción, existen varios casos en los que la ley obliga a instalar ascensor ¡Vamos a ver cuáles son!

¿Cuándo existe la obligación de instalar un ascensor?

En las comunidades de vecinos existe la obligación de instalar un ascensor en dos situaciones:

  • Cuando la mayoría de propietarios votan a favor de su instalación
  • El segundo caso en el que existe la obligación de instalar un ascensor se recoge en la modificación reciente que se ha hecho en la ley de propiedad horizontal. Ésta obliga a la instalación de un ascensor para garantizar la accesibilidad y movilidad de personas mayores de 70 años o con discapacidad que vivan, trabajen o presten servicios a la comunidad.

Por tanto, la ley obliga a la instalación de un ascensor siempre y cuando sea necesario para la movilidad de las personas que viven o trabajan en el edificio. Si en tu edificio hay personas mayores de 70 años es obligatorio el ascensor. Si es este el caso de tu edificio puedes encontrar planes de ayuda y subvenciones promovidas a nivel local, de comunidad o estatal para fomentar la instalación de elevadores. Estas ayudas suelen cubrir el importe del propio ascensor y también la obra necesaria para instalarlo, así como otras acciones en beneficio de la movilidad.