Criterios de accesibilidad en ascensores

Cuando nos referimos a la accesibilidad en ascensores, no solo nos estamos refiriendo al ajuste de la cabina para el acceso de sillas de ruedas. Cumplir con los requisitos de accesibilidad significa que el ascensor esté adaptado para que lo utilicen todas las personas, independientemente de las discapacidades o movilidad reducida que tengan. Por eso, para cumplir con los criterios de accesibilidad existe una normativa que regula cómo se deben llevar a cabo.

¿Qué hay que tener en cuenta para cumplir con esta ley?

Vamos a contarte qué tendrás que tener en cuenta para que el ascensor cumpla con los criterios de accesibilidad:

  • La puerta de acceso al ascensor ha de contrastar con las paredes del rellano, para las personas con deficiencia visual. Además para facilitar la entrada de sillas de ruedas y carros, será necesario un espacio de seguridad libre de obstáculos frente a la puerta del ascensor.
  • Las puertas deben ser automáticas y correderas. Dentro de la cabina en la botonera habrá un botón de cierre de puertas. Las puertas deben de estar equipadas de un sensor de detección de personas que abarque todo el  alto de  la puerta.
  • Las dimensiones mínimas de cabina con un embarque o con dos embarques enfrentados serán de 100 cm de ancho y 125 cm de fondo
  • Los botones de llamada y acceso a la cabina, tanto exteriores como interiores tendrán un diámetro de 3 cm y serán de color contratado o relieve, además de tener los caracteres en braille en altorrelieve. La altura mínima del relieve ha de ser de 0,8 mm. Los botones de llamada deberán de situarse a una altura de entre 90 y 110 cm lo más próximos a la puerta del ascensor.

Así que si tu ascensor cumple con todos estos requisitos puedes estar tranquilo.